Derechos de los Ciudadanos

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Derecho al Ciudadano

1. SOLICITAR: Información de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las
sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación
estatal.
2. RECIBIR: Información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del
Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías
por acciones con participación estatal.
3. ACCESO: Gratuito a la información en tanto que no se requiera reproducción de la misma.
4. SOLICITAR: Recibir y difundir informaciones pertenecientes a la administración del Estado.
5. CONOCER: Los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que
rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
6. OPINAR: Sobre los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que
igen las relaciones entre los particulares y la administración.
7. OBTENER: Información sobre los servicios que ofrece el Estado y sus tarifas.
8. SABER: La estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de
gestión, y bases de datos de la administración pública.
9. CONOCER: Sobre los presupuestos y cálculos de recursos y gastos aprobados, su
evolución y estado de ejecución.
10. TENER: Información sobre los programas y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución
y supervisión.
11. ESTAR: Al tanto sobra las licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados.
12. ACCEDER: A la nómina del estado y sus remuneraciones.
13. CONOCER: La declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Estado cuando su
resentación corresponda por la ley.
14. RECIBIR: Información sobre el listado de beneficiarios de programas asistenciales,
subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y retiros.
15. SABER: Sobre el estado de cuantas de la deuda publica, su vencimiento y pagos.
16. BUSCAR: Las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y cualquier
tipo de normativa.
17. SOLICITAR Y RECIBIR: Oportunamente cualquier tipo de documentación financiera relativa
al presupuesto publico.
En cumplimiento a la Ley 200-04 y el Decreto 130-05, el acceso a la información
se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden
público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un
tercero o el derecho a la reputación de los demás.